RELACIÓN FISCAL
NACIÓN, PROVINCIA Y MUNICIPIO: Bases de un sistema de condicionamiento político
- Ensayo -
Diego Dequino
Economista
(colaboración
Lic. Julieta Panebianco)
Agosto 2012
RESUMEN EJECUTIVO
La relación entre Estado y Sociedad tiene típicamente dos
vías: los aportes de los ciudadanos a la manutención del Estado; y los bienes y
servicios que el Estado provee a sus ciudadanos. Para un ciudadano de Córdoba
Capital y en el caso de la primera vía, se midió cuánto aporta en promedio de
impuestos en relación a los tres niveles de Estado y se relacionaron estos
tributos con el Producto Bruto de la
Ciudad llegando así a la llamada presión fiscal. La
información utilizada es toda proveniente de fuente pública.
Cuadro 1a: Presión Fiscal en la Ciudad de Córdoba, por Distrito Recaudador. Año
2008.
Cuadro 1b: Presión Fiscal en la Ciudad de Córdoba, por Distrito Recaudador. Año
2011.
En el caso de la segunda vía, a falta de mediciones de
demanda de servicios públicos se estableció una hipótesis distributiva sin
considerar los impuestos al trabajo de la siguiente manera: el 50% de los
bienes y servicios públicos que los ciudadanos de la Ciudad de Córdoba reciben
los provee la Provincia,
el 30% el Municipio y el 20% la Nación. A
su vez se estableció como supuesto optimista que el total de recursos que aporta el distrito Ciudad de Córdoba vuelven
a los ciudadanos en bienes y servicios.
La relación entre ambas vías, se efectuó considerando un
presión fiscal acotada, es decir excluyendo la Seguridad Social,
y considerando solamente los impuestos que gravan producción, renta y
patrimonio, toda vez que la jurisdicción municipal no dispone de un sistema de
Seguridad Social de características similares al Provincial y al Nacional. El
cálculo ajustado de presión impositiva señala que de 37,1% en 2008 (47,6% en
2011) de presión total que soporta un contribuyente de la Ciudad de Córdoba; 14,2% en
2008 (18,4% en 2011) representan
impuestos al trabajo, y el 22,9% en 2008 (29,3% en 2011) restante el resto de
las cargas tributarias.
El análisis combinado de ambas dimensiones en cuanto a la
responsabilidad respecto de la provisión de bienes y servicios públicos por
jurisdicción, respecto de la presión fiscal propia de cada distrito indica que:
§
en
el caso del Municipio la exigencia por bienes y servicios es casi 4 veces en 2008
(3,15 veces en 2011) superior a los recursos propios administrados;
§
en
el caso del Estado Provincial es 2,7 veces en 2008 (2,33 veces en 2011) superior
a sus recursos propios;
§
y
en el caso de la Nación
la relación se invierte, y solamente es responsable de devolver en bienes y
servicios, por un ¼ en 2008 (poco más de ¼, 0,27 en 2011) de los recursos que
recauda en la jurisdicción de Córdoba Ciudad.
El contraste entre las dos dimensiones aporta en la
reflexión y alerta a los ciudadanos en general y a la dirigencia política en
particular, del fracaso probable cuando se asumen compromisos con herramientas
defectuosas de administración de recursos.
De igual manera una presión fiscal cercana al 40% en 2008 (50% en 2011) debe
constituir una seria advertencia de restricción instrumental o escasa capacidad
de maniobra por parte del Estado, respecto de cualquier acción de mejora
impositiva mediante aumento de alícuotas, revalúos o mayor fiscalización.
Queda en evidencia que la Sociedad cumple en
proveer al Estado de los recursos materiales para que pueda alcanzar sus fines,
pero que las funciones del Estado quedan limitadas en virtud de las asimetrías
e imperfecciones que tiene la apropiación de rentas por parte de los distintos
niveles, lo que advierte la necesidad de una mejora en el sistema de gestión y
asignación de las rentas que la
Sociedad entrega al Estado para su administración.
La discusión planteada no es tributarista, sino es
estrictamente económica y en tal sentido la respuesta no implica una reforma fiscal,
aunque la misma sería de utilidad, sino que es necesario rediscutir los pactos
y relaciones de poder entre los tres niveles de Estado, ya sea desde la
disponibilidad automática de los recursos que los ciudadanos pagan en concepto
de impuestos y/o en términos de la cantidad, variedad y calidad de los bienes y servicios públicos que cada
nivel del Estado provee en cada Jurisdicción.
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